Tú realidad ante una situación de baja laboral
Al igual que la mayoría de los autónomos cotizas por la base mínima:
850,20 euros es la base mínima para 2012
En el supuesto de padecer una enfermedad o un accidente
que te obligue a estar de baja laboral durante
30 días percibirías la siguiente prestación:
501,62 euros (60% sobre 850,20 euros desde el cuarto
al vigésimo día de la baja y el 75% sobre 850,20 euros a partir del
vigésimo primer día de la baja hasta el trigésimo en este caso)
254,71 euros será tu cuota de autónomos
que deberás liquidar a la Seguridad Social
tanto si trabajas como si estás de baja laboral
247,41 euros será tú liquidez real
para ese mes de baja laboral*
¿Te das cuenta de la DESPROTECCIÓN
económica que podrías padecer
ante una incapacidad temporal
laboral derivada de
una enfermedad o un accidente?
Te ofrecemos PROTECCIÓN
complementando tus ingresos
ante una situación de
incapacidad temporal
laboral con nuestros
Seguros de Baja Diaria
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